Que una señal de prohibido aparcar esté rotulada únicamente en gallego no exime del cumplimiento de esta indicación ni del, llegado el caso, pago de la multa correspondiente, si se cometió una infracción. Así lo deja claro una sentencia, muy rotunda, del juzgado contencioso-administrativo número 1 de Ourense.
Fuente: Praza Pública
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